Derecho de petición o PQRS
Redacción, radicación ante EPS, IPS o Supersalud y seguimiento. Incluye un escalamiento.

Cuando la EPS niega un medicamento, una cirugía o no da la cita, usted tiene herramientas: el derecho de petición, la PQRS ante la Superintendencia de Salud y la acción de tutela. Le ayudamos a redactarlas con la estructura correcta, a radicarlas por la ventanilla virtual y a hacer seguimiento.
Empezar por WhatsAppRedacción, radicación ante EPS, IPS o Supersalud y seguimiento. Incluye un escalamiento.
Redacción, radicación por la ventanilla virtual y acompañamiento hasta el fallo. Casos complejos: $250.000.
Valores en pesos colombianos por trámite. No somos responsables de IVA. Se paga al iniciar por Nequi, Bre-B o en efectivo.
La salud es un derecho fundamental (Ley 1751 de 2015). Cuando la EPS niega o demora un servicio, conviene dejar constancia escrita de cada paso:
En casos urgentes no tiene que agotar la petición antes de la tutela. La tutela se presenta sin abogado y usted la firma en nombre propio; nosotros le ayudamos a organizar los hechos, las pruebas y la radicación.
Lea también: queja ante la Supersalud paso a paso.
No. La tutela se puede presentar directamente, sin abogado (Decreto 2591 de 1991, artículo 10). Nosotros no somos abogados: le ayudamos a prepararla y usted la presenta en nombre propio.
El juez tiene 10 días hábiles para decidir la tutela.