Incapacidad de origen común (enfermedad general)
- Días 1 y 2: los paga el empleador.
- Día 3 al 180: los paga la EPS.
- Día 181 al 540: el fondo de pensiones, cuando hay concepto favorable de rehabilitación.
- Después del día 540: vuelve a responder la EPS (Ley 1753 de 2015).
Cuánto se paga
Según el artículo 227 del Código Sustantivo del Trabajo, el auxilio por incapacidad común equivale a las dos terceras partes del salario durante los primeros 90 días y a la mitad del salario del día 91 al 180. La jurisprudencia ha señalado que el pago no debe ser inferior al salario mínimo cuando el trabajador devenga el mínimo.
Incapacidad de origen laboral
Si la incapacidad viene de un accidente de trabajo o una enfermedad laboral, la paga la ARL desde el día siguiente al del accidente, por el 100 % del ingreso base de cotización.
Transcripción: el paso que más se olvida
Si la incapacidad la dio un médico particular o una IPS distinta a la de su red, debe transcribirse ante la EPS para que tenga validez. El Decreto 1427 de 2022 reglamenta el reconocimiento de las incapacidades de origen común.
Errores que hacen perder el pago
- Radicar tarde o sin la historia clínica.
- Aportes a seguridad social atrasados.
- Datos del empleador o cuenta bancaria incorrectos.
- No hacer seguimiento al estado del reconocimiento.
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